CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS PROFESIONALES  DE CDH

INTRODUCCIÓN

Un Código de Buenas Prácticas constituye una declaración expresa de los valores y principios que deben guiar la conducta de todos los profesionales que integran y colaboran con una Asociación Nacional, como es el caso de Coaching Desarrollo Humano CDH, para el desarrollo responsable de su actividad profesional voluntaria y otras, tanto en sus relaciones con sus voluntarios, empleados, clientes, proveedores, usuarios, instituciones públicas y privadas, colaboradores externos y la sociedad en general.

En el caso de Coaching Desarrollo Humano CDH, al ser prioritariamente profesionales voluntarios del ámbito del coaching profesional y la orientación laboral, hemos decidido readaptar a nuestros fines, y refundir los códigos éticos y deontológicos de ICF (Internacional Coach Federation) y de ASESCO (Asociación Española de Coaching) de manera específica para los coaches profesionales voluntarios.

Además de readaptar, refundir e incorporar para los orientadores laborales voluntarios el código ético y deontológico de los colegios oficiales del trabajo social, y de los colegios oficiales de psicólogos existentes dentro del territorio español.

Persiguiendo con ello la compatibilidad de las prácticas éticas y deontológicas del voluntariado profesional en nuestra entidad, con las que actualmente suscriben las principales sociedades relacionadas con el coaching profesional, la orientación laboral, la psicología y el trabajo social.

El presente Código ha sido elaborado por el Comité de Ética, como órgano de gobierno de la entidad. Para ello, previamente se han analizado y revisado diversos códigos de otras sociedades, recogiendo los principios generales que deben guiar la conducta de un profesional voluntario en nuestra entidad sin ánimo de lucro.

Todos los voluntarios profesionales tienen la obligación de conocerlo y cumplirlo, sin perjuicio de que puedan estar sujetos también a otros códigos de conducta o a cualesquiera otros deberes inherentes que los mismos hayan adquirido por razón de su actividad profesional o por las funciones específicas que desempeñen.

Los criterios de conducta recogidos en el Código de Buenas Prácticas adoptado por CDH no pretenden contemplar la totalidad de situaciones o circunstancias con las que los profesionales del coaching, la orientación laboral u otros se pueden encontrar, en el ejercicio del voluntariado profesional en la entidad, sino establecer unas pautas generales de conducta que les orienten en su forma de actuar durante el desempeño de su actividad profesional voluntaria. En este sentido, los códigos de conducta van más allá de la pura normativa legal, puesto que ayudan a guiar el comportamiento en aquellas situaciones para las que no existe ninguna referencia legal, constituyendo un mapa de ruta para ejercer el voluntariado profesional.

PRINCIPIOS

Los voluntarios profesionales de CDH de acuerdo al compromiso con su oficio y adaptando este en la práctica de su voluntariado profesional, deberán sujetarse a los 10 principios siguientes:

1. Voluntariado profesional. Los servicios profesionales voluntarios se prestan específicamente a la
ONG, no siendo su voluntariado profesional probono o directo hacia el usuario de la misma,
considerando que el responsable de la buena praxis profesional de voluntariado que se ofrece al
usuario es CDH.
2. Equipo profesional voluntario. Los voluntarios profesionales actuarán en forma congruente con el
propósito de ONG, sus fines, valores y filosofía, alineándose por lo tanto a ellos, e integrándose con el
equipo profesional de voluntarios, siendo colaborativos entre sí, aun usando distintas metodologías
profesionales, todas ellas válidas para nuestros usuarios.
3. Práctica profesional con los usuarios. Los voluntarios profesionales representan en todo momento y
durante su práctica profesional voluntaria a CDH, por tanto, actuarán de manera profesional tanto en
su práctica profesional específica, como en sus comportamientos observables.
4. Sesiones profesionales con los usuarios. Los voluntarios profesionales asegurarán que sus servicios
profesionales voluntarios cumplen los estándares profesionales más altos posibles de su oficio en el
desarrollo de su voluntariado profesional y en sesión.
5. Imparcialidad personal. Los voluntarios profesionales mantendrán integridad e independencia en sus
posibles prejuicios personales hacia los usuarios en lo que tiene que ver con el usuario y la
consecución de su empleabilidad. Si existiera esta casuística, lo comunicará de inmediato a CDH.
6. Confidencialidad. Los voluntarios profesionales mantendrán la confidencialidad respecto de la
identidad del usuario de CDH, así como en los demás aspectos a tratar durante su aportación
profesional, tanto en las sesiones de coaching como las de orientación laboral u otras.
El profesional voluntario se compromete durante la vigencia de su voluntariado y con posterioridad
a su terminación, a no comunicar ni transmitir a terceros, sin contar con la autorización previa y por
escrito de CDH, el “Know How” de la entidad, es decir, cualesquiera conocimientos organizativos de
gestión o de cualquier otra índole que le haya sido transmitido con motivo de su voluntariado
profesional.
7. Profesión. Los voluntarios profesionales incrementarán la integridad y reputación de su profesión
congruentemente y a través de su voluntariado profesional alineados con el interés social y los fines
de CDH.
8. Miembros del equipo. Los voluntarios profesionales se apoyarán y serán justos con sus colegas de la
entidad, independientemente de la metodología utilizada u oficio desarrollado en la misma, estando
abiertos a considerarse equipo y alineándose al mismo, debido además de la existencia de un objetivo
común y propósito social.
9. Comportamiento profesional. Los voluntarios profesionales promoverán un enfoque ético y
profesional en la práctica de su profesión, no pudiendo generar conflicto de intereses con la entidad,
no pudiendo introducir su marca personal en la interrelación con el usuario, observarán en todo
momento en su práctica profesional voluntaria, el código de buenas prácticas de CDH
10. Comunicación con la CDH. Los voluntarios profesionales, están obligados a facilitar y mantener una
comunicación eficaz con la entidad, con respecto del desarrollo y evolución de las sesiones
profesionales.

CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS ESPECÍFICO PARA COACHES PROFESIONALES – VOLUNTARIADO

DECLARACIÓN PREVIA
Como coach profesional reconozco y acepto respetar mis obligaciones éticas y legales ante los usuarios y/o
clientes, patrocinadores, colegas de CDH. Me comprometo a acatar el código de buenas prácticas y aplicar
estas normas en los servicios de coaching que prestare voluntariamente a CDH como receptora de los
mismos, y a los usuarios que me sean asignados por ella, sin que en ningún momento pueda ofrecerles mis
servicios directamente ni al margen de mi relación con la entidad.

CÓDIGO DEONTOLÓGICO DE LA ENTIDAD CDH

El código deontológico de CDH ha sido elaborado bajo los estándares de conducta ética de ICF (International
Coach Federation) y de ASESCO (Asociación Española de Coaching).
Además, en CDH se ha desarrollado el marco que encuadra el ejercicio de la profesión de manera voluntaria
y hacia una entidad o cliente espónsor y es un instrumento eficaz para reconocer la ética profesional del
coaching de manera general.
Asimismo, en línea con la ética profesional del coaching, se ajusta en términos generales a las reglas éticas y
morales del hombre aplicables a los coaches y, en términos específicos de su profesión, reconoce la
necesidad de velar por los intereses de los usuarios y/o clientes de CDH para su correcto desarrollo.

FILOSOFÍA DEL COACHING

CDH se adhiere a una forma de coaching que honra al usuario y/o cliente como un experto en su vida,
trabajo y/o empresa creyendo en el potencial del mismo. Por tanto, la responsabilidad del coach se centra
en:
✓ Descubrir, aclarar y alinear qué quiere lograr el usuario y/o cliente, en especial el objetivo laboral
✓ Estimular al usuario y/o cliente a autodescubrirse , explorarse y a quitar lo que le frena
✓ Obtener del usuario y/o cliente sus propias soluciones y estrategias.
✓ Mantener la conciencia y la responsabilidad del usuario y/o cliente, invitándolo a su máximo
    compromiso y acción.
✓ Acompañarle en un plan de acción muy medible y eficaz para su empleo.

NORMAS DEL CÓDIGO DEONTOLÓGICO

Sección 1: Conducta profesional en general
✓ Me comprometo a no realizar declaraciones públicas engañosas o falsas sobre lo que ofrezco a CDH y a
    sus usuarios como coach, ni a realizar declaraciones falsas por escrito en ningún documento con relación
    a la profesión de coaching, mis acreditaciones o a CDH.
✓ Como coach, con formación previa debidamente acreditada, daré a conocer de manera veraz mis
    cualificaciones, pericia, experiencia, certificados y acreditaciones relativos al coaching y desde ahí
ofrecer mis servicios profesionales voluntarios a CDH.
✓ Como coach, me comprometo a respetar la creatividad y el trabajo escrito de los demás profesionales,
dentro y fuera de CDH, sin falsificarlos presentándolos como propios, sino respe tando los derechos de
propiedad intelectual y promocionando mis propios materiales.

✓ En el desempeño de mi trabajo como coach, me esforzaré en todo momento en identificar las cuestiones
   personales que puedan perjudicar a CDH o su usuario y/o cliente, ser incompatibles o interferir con mi
actividad de coaching o mis relaciones de coaching profesionales con CDH, siempre que los hechos y las
circunstancias lo requieran; buscaré sin demora ayuda profesional y decidiré la acción que deberé
emprender, incluido si resulta apropiado suspender o concluir mis relaciones de coaching profesional
voluntario en la entidad.
✓ Como coach, me comprometo a notificar las investigaciones con honestidad y competencia, dentro y
fuera de CDH y según las normas científicas y reconocidas y las directrices pertinentes aplicables, así
como a realizar las investigaciones con el consentimiento y la aprobación necesarios de CDH y sus
usuarios y/o clientes implicados y de forma que los participantes queden protegidos de cualquier posible
daño.
✓ Como coach, me comprometo a utilizar la información de contacto de los miembros de CDH (direcciones
de correo electrónico, números de teléfono, etc.) bajo la autorización de CDH.

Sección 2: Competencia profesional del coach

La competencia profesional del coach viene definida y avalada por el uso de una serie de habilidades que
muestra en su buen hacer, referidas a los siguientes aspectos:
✓ MARCO legal y ético en el que se va a desenvolver la relación de coaching, centrada en la demanda del
usuario, definiendo el proceso antes de avanzar:
o   Las bases del coaching: qué es y qué no es, y qué puede esperar del coach
o   El acuerdo coach-usuario sobre el proceso y la relación
✓ LA RELACIÓN que se establece con el usuario, a partir de la confianza, y la comunicación efectiva siempre
basada en la confidencialidad:
o   Confianza
o   Atención Plena
o   Comunicación efectiva mediante la escucha activa y la fuerza de las preguntas
✓ ACOMPAÑAMIENTO: respeto hacia la otra persona dejando que asuma el timón, acompañando en la
toma de conciencia, la asunción de la responsabilidad, así como la definición de objetivos y acciones
necesarias para conseguir los resultados propuestos:
o Invitar al usuario a que se haga cargo de su situación
o Posibles alternativas a realizar
o Planificación y diseño de acciones
o Seguimiento y medición de resultados
Sección 3: Conflictos de intereses

✓ En el ejercicio de mi profesión, procuraré evitar conflictos o posibles conflictos de intereses, y en caso de
que existan los expondré abiertamente a CDH, proponiendo retirarme de la relación.
✓ Como coach, tengo el compromiso de intercambiar servicios, bienes u otra remuneración no dineraria,
dentro y fuera de CDH, siempre que no dañe la relación de coaching, ni sea contrario a las normas éticas
y profesionales de CDH.
✓ En el desempeño de mi profesión, me comprometo a no obtener intencionadamente ninguna ventaja ni
beneficio personal, profesional o económico de la relación usuario y/o cliente de CDH, excepto en forma
de compensación según lo estipulado en el contrato o acuerdo de incorporación de voluntariado previo.
✓ Me comprometo a no introducir mi marca personal, en la interrelación con el usuario/cliente, ya que
represento a CDH en todo momento mientras dure mi voluntariado profesional

Sección 4: Comportamiento profesional con CDH y los usuarios y/o clientes derivados por la entidad

✓ Antes de iniciar esta colaboración con CDH, me comprometo a firmar y cumplir todas las cláusulas
detalladas en el CONVENIO DE INCORPORACIÓN DE VOLUNTARIO PROFESIONAL con la entidad que
determina las condiciones concretas de la misma. (Ver ANEXO I)
✓ Como coach, me comprometo a no mentir ni engañar intencionadamente o hacer falsas afirmaciones
acerca de lo que usuario y/o cliente de CDH recibirá del proceso de coaching o de mí como su coach
voluntario.
✓ En el desempeño de mi tarea, no daré a los usuarios y/o clientes de CDH, información o consejos que yo
sé que pueden ser engañosos o que van más allá de mi competencia.
✓ Como coach, tengo el compromiso de honrar los acuerdos que haga CDH con sus usuarios y/o clientes
en todas mis intervenciones y construir claros acuerdos de proceso y sesión como coach con los usuarios
y/o clientes de CDH que incluirán: confidencialidad (proporcionada por CDH), informes de progreso a
reportar a CDH y otros particulares, para el expediente del usuario y/o cliente.
✓ En el desempeño de mi profesión, no haré ninguna discriminación con personas por razones de sexo,
edad, raza, edad, ideología, nacionalidad o clase social.
✓ Como coach, me comprometo a respetar el derecho del usuario y/o cliente de CDH a concluir la relación
de coaching cuando lo desee durante el proceso, según las cláusulas estipuladas en el acuerdo o contrato
firmado con CDH y comunicándoselo a la entidad de inmediato. Estaré atento a los indicios que
muestren que usuario y/o cliente de CDH ha dejado de beneficiarse de la relación de coaching y si fuera
conveniente que trabaje con otro coach o recurso, le ayudaré a realizar dicha derivación mediante CDH a
servicios de otros profesionales.
✓ Como coach y durante el ejercicio de mi profesión ejerciendo como voluntario profesional en CDH, me
comprometo a representar a CDH, en todo momento ante el/los usuarios y/o clientes de CDH esto
incluirá mis comportamientos profesionales observables y mi práctica profesional.

Sección 5: Confidencialidad y privacidad

✓ Como coach, me comprometo a respetar la confidencialidad de la información de usuario y/o cliente de
CDH, y no dar a conocer o publicar sus nombres o referencias o alguna otra información que pueda
identificarles. Excepto que sea autorizado por CDH o el usuario y/o cliente de CDH o requerido por la ley,
o en aquellas situaciones que puedan suponer un peligro para la vida de una persona.
✓ En relación al manejo de información, datos y comunicaciones relacionadas con usuario y/o cliente de
CDH, me aseguraré del cumplimiento de las leyes de Protección de Datos vigentes. Los datos de carácter
personal, sólo los comunicaré a un tercero previo consentimiento por escrito de CDH, o bien en caso de
ser requerido legalmente por la autoridad competente.
✓ Conforme a la cláusula de confidencialidad recogida en el acuerdo de colaboración firmado con CDH
referida al intercambio de la información entre el coach, usuario y/o cliente de CDH y la entidad, me
comprometo, tanto durante su vigencia como a su término, a no revelar a terceros, sin previa
autorización y por escrito, ningún aspecto sobre el procedimiento, los materiales u otros aspectos
organizativos, de gestión u otra índole a los que haya podido tener acceso con motivo de esta
colaboración.
✓ Me comprometo a no revelar el “Know How” de la entidad, que haya conocido a través de mi relación de
voluntariado profesional como coach.

Sección 6: Cumplimiento de la legalidad vigente

✓ CDH como entidad responsable de este programa social respeta los principios y cumple lo establecido en
la vigente Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado, y como coach voluntario de dicho programa
igualmente asumo mi responsabilidad derivada de esta ley.
✓ La normativa legal vigente prevalecerá sobre las normas de este código, y como coach actuaré dentro del
marco legal.
✓ Si hubiere indicios de vinculación con algún tipo de actividad ilegal, delictiva o no ética, renunciaré o
suspenderé el proceso, avisando a CDH, tampoco consentiré implicación alguna en actuaciones que
supongan discriminación, acoso, degradación o marginación de personas.
✓ Como coach voluntario de CDH, no intervendré en ningún proceso de ayuda o tratamiento psicológico,
médico o similar, ni consultoría.
✓ Como coach, adquiero el compromiso de cumplir lo establecido en la normativa vigente sobre protección
de datos de acuerdo con los requerimientos o indicaciones de CDH en lo referente a los datos personales
de sus usuarios.

Aprobado por la junta directiva – comité de ética de CDH el 04 de febrero de 2022

ANEXO I – CONVENIO DE INCORPORACIÓN DE VOLUNTARIO PROFESIONAL